Consejo Nacional de Rectores
Oficina de Planificación de la Educación Superior
El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y la Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES) son organismos creados mediante el “Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal en Costa Rica”. Este convenio fue suscrito por las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal el 4 de diciembre de 1974 y reformado el 20 de abril de 1982.
Los rectores de cada una de las instituciones signatarias integran al CONARE.
En el Convenio de Coordinación citado se establecen, entre otras, las siguientes funciones del CONARE:
- Señalar a la OPES las directrices para la elaboración del Plan Nacional de Educación Superior Universitaria Estatal (el PLANES).
- Aprobar el PLANES, previa consulta a los Cuerpos Colegiados Superiores de las Instituciones signatarias, los cuales deberán pronunciarse dentro del plazo requerido por el CONARE para ello.
- Distribuir las rentas globales asignadas a la Educación Superior Universitaria Estatal en forma congruente con los criterios que se señalan en el Capítulo III del Convenio de Coordinación, para el cumplimiento del Plan Nacional de Educación Superior Universitaria Estatal.
- Ser el superior jerárquico de la OPES, decidir y reglamentar su organización.
- Establecer los órganos, los instrumentos y los procedimientos de coordinación, adicionales a OPES, que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de la educación superior universitaria estatal.
- Impulsar y fortalecer la coordinación entre las oficinas de programación o el equivalente propio de cada Institución signataria.
- Evaluar, crear y cerrar carreras, dentro de las Instituciones signatarias de acuerdo con lo que establece el Capítulo II de este Convenio.
La OPES es el órgano técnico y asesor del CONARE y está integrado por el Director, nombrado por el CONARE, y por personal técnico y administrativo. En el Convenio de Coordinación se incluyen, entre otras, las siguientes funciones de la OPES:
- Preparar el PLANES tomando en cuenta los lineamientos que establezca el Plan Nacional de Desarrollo vigente. El PLANES tendrá cinco años de duración y deberá evaluarse anualmente.
- Conservar al día sus bancos de información y demás recursos de la técnica de planificación.
- Ofrecer al CONARE todos los servicios coadyuvantes que requiera y servirle como Secretaría permanente.
- Someter al CONARE propuestas de políticas, de programas y de proyectos que favorezcan la coordinación y el adecuado desarrollo de la Educación Superior Universitaria Estatal.
- Coordinar con las unidades correspondientes de las Instituciones de Educación Superior Universitaria Estatal, la elaboración, la supervisión y la evaluación de los programas y de los proyectos aprobados por el CONARE.